Durante mucho tiempo, el que no he podido dedicarle a este blog, he seguido investigando sobre la relación entre Turismo Rural y Turismo de Interior. En la Comunitat Valenciana la dificultad para entender ambos términos viene, entre otros aspectos, marcada por el Decreto 188/2005, del Alojamiento Turístico Rural en el Interior de la Comunitat Valenciana.
Definir el alojamiento rural en espacios de interior implica directamente que el alojamiento rural SOLO puede estar en espacios de interior. Por un lado, y aplicado al caso de la Comunitat Valenciana, podría darse esta relación, pero en ningún caso podemos usarlos como elementos sinónimos.
Turismo de Interior abarca un concepto muchísimo más amplio que el Turismo Rural, y por ello no todo el alojamiento de interior es rural. ¿Y es todo el alojamiento rural de interior? En el caso de la Comunitat Valenciana, sí a priori.
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